1. Emisión de órdenes
1.1. Los pedidos no se considerarán aceptados hasta que hayan sido confirmados por escrito por nuestra parte.
1.2. Las adiciones, modificaciones o acuerdos verbales o complementarios realizados antes de la celebración del contrato también requerirán nuestra confirmación por escrito para ser válidos.
2. Derechos protegidos
2.1. Nos reservamos el derecho de propiedad y los derechos de autor de las ilustraciones, dibujos, bocetos, modelos, descripciones de productos, cálculos u otros documentos que elaboremos. No podrán ponerse a disposición de terceros sin nuestra autorización expresa por escrito y, previa solicitud, deberán devolverse sin demora.
2.2. No estamos obligados ante el comprador a comprobar si los derechos protegidos de terceros se ven vulnerados por la presentación de ofertas basadas en planos de ejecución que nos hayan sido enviados u otras especificaciones estipuladas por el comprador en caso de ejecución. Si, no obstante, incurriéramos en responsabilidad, el comprador deberá eximirnos de cualquier reclamación de recurso.
2.3. En caso de que el comprador sea perseguido por una violación de los derechos protegidos por los productos entregados por nosotros, el comprador estará obligado a informarnos sin demora y de forma continua de todos los asuntos relacionados con la persecución. En particular, se nos deberá proporcionar toda la información y los documentos necesarios. Si consideramos necesario encargar a un abogado o agente de patentes la tramitación de cualquier litigio, el comprador estará obligado a otorgar poderes de representación a dicho abogado. El comprador es libre de designar a otro abogado adicional.
3. Alcance de la obligación de entrega
3.1. Nuestras ofertas son sin compromiso y no vinculantes hasta la celebración del contrato.
3.2. Las dimensiones, ilustraciones, dibujos, pesos u otros datos de rendimiento no son características garantizadas a menos que se designen específicamente como tales. Sólo son vinculantes para la ejecución de un pedido si así lo hemos confirmado expresamente por escrito. Los pesos brutos y el tamaño de las cajas se indican según nuestro leal saber y entender, aunque sin carácter vinculante.
4. Precios
4.1. Los precios son franco fábrica y no incluyen embalaje. Los gastos de transporte (salvo que estén incluidos en el precio de conformidad con un acuerdo específico) se facturarán por separado o serán cobrados por el transportista. A los precios se añadirá el impuesto sobre el valor añadido al tipo vigente.
Si transcurren más de cuatro meses desde la celebración del contrato hasta la fecha de entrega acordada y nuestros propios costes o los precios de nuestros proveedores han aumentado (por ejemplo, debido a un aumento de los costes de los materiales y/o los salarios, aumentos de los aranceles e impuestos de importación tras la celebración del contrato), se aplicarán los precios vigentes en la fecha de entrega o suministro. Si el aumento del precio es superior al 5 %, el comprador podrá rescindir el contrato mediante declaración escrita en el plazo de una semana a partir de la recepción de la notificación del aumento del precio.
5. Condiciones de pago
5.1. Salvo que se acuerde lo contrario en nuestra confirmación por escrito, los pagos se efectuarán en euros en un plazo de 10 días con un descuento del 2 % o en un plazo de 30 días sin deducción alguna, incluidas las entregas parciales, a partir de la fecha de emisión de la factura. No se concederá ningún descuento si en la fecha del pago existe un saldo pendiente a nuestro favor por entregas anteriores.
5.2. Por regla general, las facturas se envían por vía electrónica a la dirección de correo electrónico indicada en el momento de la emisión del pedido, a menos que se solicite una factura en papel. Las facturas se envían por vía electrónica hasta que el destinatario se oponga expresamente a ello.
5.3. Los efectos cambiarios y cheques solo se aceptarán previo acuerdo específico con nosotros y únicamente para facilitar el pago. No se considerarán como pago hasta que se hayan cobrado. Los gastos de descuento, comisiones bancarias y gastos por efectos cambiarios correrán a cargo del comprador.
5.4. El comprador no podrá compensar sus propias reclamaciones a menos que estas contrademandas hayan sido establecidas por un tribunal de justicia, sean indiscutibles o hayan sido reconocidas por nosotros.
5.5. Si el comprador incurre en mora en el pago, tendremos derecho a cobrar intereses a un tipo dos puntos porcentuales superior al tipo de descuento del Banco Federal Alemán a partir de la fecha correspondiente, a menos que el comprador pueda demostrar que hemos sufrido pérdidas menores. Queda reservado el derecho a reclamar daños y perjuicios por mora más elevados.
5.6. Si el comprador incumple sus obligaciones de pago o no las cumple a tiempo (en particular, porque un cheque que emite no tiene fondos, si deja de efectuar los pagos o si tenemos conocimiento de otras circunstancias que parecen reducir la solvencia del comprador), tendremos derecho a exigir el reembolso inmediato de la deuda restante, incluso si hemos aceptado cheques. En las circunstancias anteriormente mencionadas, tendremos además derecho a realizar las entregas pendientes en virtud del contrato o de otros contratos solo a cambio de un pago por adelantado o de la prestación de una garantía.
6. Plazo de entrega, caso fortuito, exoneración del deber de prestación
6.1. Las fechas o plazos de entrega no son vinculantes, salvo que se hayan designado expresamente como vinculantes. El plazo de entrega, expresado en días, semanas o meses, no comenzará a correr hasta que se hayan aclarado todos los detalles de la ejecución y ambas partes hayan acordado todas las condiciones. Las fechas de entrega se prorrogarán (sin perjuicio de nuestros derechos por incumplimiento por parte del comprador) por el tiempo que el comprador incumpla sus obligaciones (en particular, las obligaciones de pago en virtud del presente contrato o de otros contratos celebrados con nosotros).
6.2. Si nos vemos impedidos de cumplir nuestras obligaciones debido a la ocurrencia de casos de fuerza mayor u otros acontecimientos que escapan a nuestro control y sin culpa de terceros atribuible a nosotros, que nos impidan realizar la entrega o la dificulten en condiciones económicamente viables, el plazo de entrega se ampliará en una medida razonable, a menos que la entrega o el servicio se hayan vuelto imposibles. Informaremos al comprador sin demora de la ampliación del plazo de entrega y de su duración probable. Los casos de fuerza mayor u otros acontecimientos mencionados anteriormente incluyen, entre otros, guerras, hostilidades, dificultades inevitables en la obtención de materiales o energía, retrasos inevitables en el transporte, huelgas, cierres patronales, medidas reglamentarias, modificaciones posteriores del pedido, la no llegada de permisos oficiales u otras autorizaciones de terceros necesarias para ejecutar la entrega, o documentos o declaraciones del comprador necesarios para ejecutar la entrega que se hayan solicitado a terceros o al comprador con la debida antelación, así como la falta de entrega, la entrega incorrecta o el retraso en la entrega por parte de nuestros proveedores. Las disposiciones anteriores solo se aplicarán a los casos de fuerza mayor y otros acontecimientos de la naturaleza antes mencionada que se produzcan después de la celebración del contrato o que solo lleguen a nuestro conocimiento, sin culpa por nuestra parte, después de la celebración del contrato.
6.3. Si el impedimento para el cumplimiento dura más de tres meses, tanto nosotros como el comprador tendremos derecho a rescindir la parte del contrato que siga pendiente en ese momento. Si la entrega o el servicio resultan imposibles por las circunstancias indicadas en el apartado 6.2, quedaremos liberados de la obligación de entrega. Si la cantidad de mercancías de que disponemos es insuficiente para satisfacer a todos nuestros compradores debido a los casos anteriores, tendremos derecho a reducir todas las obligaciones de entrega a nuestra discreción; además, quedaremos exentos de las obligaciones de entrega.
6.4. Si el envío o la entrega de la mercancía a petición del comprador se retrasa o pospone por otras razones de las que es responsable, tendremos derecho a fijar un plazo razonable para recibir o recoger la mercancía. Una vez transcurrido este plazo sin resultado, podremos disponer del objeto de la entrega y suministrar al comprador en una fecha de entrega razonablemente ampliada.
7. Envío
7.1. El riesgo de destrucción accidental se transfiere al comprador en el momento en que la mercancía se entrega a la parte encargada de su transporte. Si el envío se retrasa por circunstancias imputables al comprador, el riesgo se transfiere al comprador a partir de la fecha de nuestra notificación de disponibilidad para el envío.
7.2. Contrataremos un seguro contra daños durante el transporte a petición expresa del comprador, en su nombre y por su cuenta, según nuestro mejor criterio. Los acuerdos celebrados entre nosotros y el comprador en relación con los gastos de transporte y seguro de la mercancía se aplicarán únicamente como cláusulas de gastos y no afectarán a la transferencia del riesgo. Salvo que se acuerde expresamente lo contrario, decidiremos el tipo de embalaje y envío según nuestro mejor criterio. Si cumplimos las instrucciones de envío dadas por el comprador, lo haremos por cuenta y riesgo del comprador. No se aceptará la devolución del embalaje. No obstante, lo dispuesto en el artículo 15, apartado 1, frase 1, de la Ley alemana de envases, acordamos con el comprador, de conformidad con el artículo 15, apartado 1, frase 4, de la Ley alemana de envases, en la medida en que el comprador sea un comerciante, que la devolución del embalaje se realizará en nuestro domicilio social dentro del horario comercial habitual o en otro lugar que determinemos y dentro de nuestra zona de responsabilidad.
Los gastos derivados de la entrega y eliminación o reciclaje de los embalajes correrán a cargo del Comprador. Si los embalajes no se devuelven de conformidad con la presente normativa, el Comprador será responsable de reciclarlos de forma adecuada y correcta, corriendo con los gastos correspondientes.
8. Reserva de dominio
8.1. Con el fin de garantizar todas nuestras reclamaciones actuales y futuras frente al comprador, nos reservamos la propiedad de los productos entregados al comprador hasta que todas nuestras reclamaciones derivadas de la relación comercial hayan sido pagadas en su totalidad (en lo sucesivo, «productos reservados»). El comprador deberá custodiar los productos reservados para nosotros de forma gratuita.
8.2. El comprador tiene derecho a revender los productos sujetos a reserva de propiedad en el marco de sus actividades comerciales habituales, a utilizarlos de cualquier otra forma o a obligarse a ellos, siempre que no se encuentre en mora en el pago y no existan circunstancias evidentes que pongan en peligro nuestros derechos debido a su reventa, etc. El comprador no tiene derecho a pignorar los productos sujetos a reserva de propiedad ni a cederlos como garantía. En caso de reventa, el comprador está obligado, en la relación con su cliente, a reservarse a su vez la propiedad hasta que se haya liquidado su crédito. Todas las reclamaciones contra los compradores que el comprador adquiera por la reventa de los productos reservados nos serán cedidas incluso desde la fecha de la celebración del contrato con nosotros. A petición nuestra, el comprador está obligado a entregarnos una declaración de cesión por el importe de nuestras reclamaciones contra el comprador. No está permitido ceder a terceros las reclamaciones derivadas de la reventa de productos reservados, en particular para adquirir créditos.
8.3. El comprador seguirá estando autorizado a cobrar la deuda que nos haya cedido, incluso después de la cesión. Una vez recibido el pago de la deuda del comprador en cuestión, este estará obligado a liquidar inmediatamente nuestra deuda por el importe pagadero con cargo al pago recibido. Nuestra facultad de cobrar nosotros mismos la deuda no se ve afectada por la autorización de cobro otorgada por el comprador. No obstante, no cobraremos la deuda mientras el comprador cumpla con sus obligaciones de pago con los ingresos que reciba, no se encuentre en mora, no se haya solicitado la apertura de un procedimiento de insolvencia contra el patrimonio del comprador y este no haya suspendido los pagos. No obstante, si se da alguna de las circunstancias mencionadas, podremos exigir al comprador que nos comunique las reclamaciones cedidas y sus deudores, nos facilite todos los datos necesarios para el cobro, nos entregue los documentos correspondientes e informe a los deudores de la cesión.
8.4. Si el comprador procesa la mercancía reservada, se acuerda que el procesamiento se realizará en nuestro nombre, por nuestra cuenta y para nosotros como fabricante. Adquirimos directamente la propiedad o, si la transformación implica materiales de varios propietarios o si el valor del artículo transformado es superior al valor de los productos reservados, la copropiedad del artículo recién creado en la proporción del valor de los productos reservados con respecto al valor del artículo. En caso de que no adquiramos dicha propiedad, el comprador nos transfiere desde este momento su futura propiedad o copropiedad sobre el artículo recién creado como medida de precaución. Si la mercancía reservada se combina o se mezcla de forma inseparable con otros objetos para formar un objeto uniforme y si uno de los otros objetos se considera el objeto principal, el comprador nos transfiere (en la medida en que sea propietario del objeto principal) la copropiedad proporcional del objeto uniforme en la proporción indicada en la frase 2.
8.5. Si el valor de todos los valores que nos corresponden supera el importe de todas las deudas garantizadas en más de un 20 %, a petición del comprador, liberaremos una parte correspondiente de los derechos de garantía. Podemos elegir libremente cuáles de los diferentes derechos de garantía liberamos. Un derecho de garantía en este sentido también incluye la cesión a nosotros de los derechos que nos correspondan por la reventa de los bienes reservados a terceros.
8.6. El comprador deberá garantizar el almacenamiento seguro y adecuado de los productos reservados y de los objetos de nuestra propiedad o copropiedad, y asegurarlos a su valor de reposición contra robo, incendio y otros daños materiales, corriendo con los gastos correspondientes. El comprador deberá notificarnos sin demora cualquier intervención de terceros que pueda perjudicar nuestra propiedad. Además, deberá hacer todo lo necesario, de acuerdo con nosotros, para evitar cualquier peligro. En la medida en que sea aconsejable para proteger los productos reservados, el comprador deberá cedernos sus derechos a petición nuestra.
8.7. Tenemos derecho a exigir la devolución de la mercancía reservada, en particular a ejercer los derechos de selección o la cesión del derecho a la contraprestación en procedimientos de insolvencia, si el cumplimiento de nuestras reclamaciones por parte del comprador se ve amenazado. Esto se aplica, en particular, si se abre un procedimiento de insolvencia contra los o si su situación patrimonial se deteriora considerablemente. El comprador está obligado a reembolsarnos todos los daños y gastos en que incurramos como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones del comprador o de las medidas adoptadas para oponerse a la intervención de terceros.
8.8. La ejecución de la reserva de propiedad y nuestros embargos sobre los productos reservados de nuestras entregas no se consideran una rescisión del contrato.
8.9. Si la reserva de propiedad en el país de destino en el extranjero no es efectiva o no lo es en el ámbito previsto aquí, el comprador, a petición nuestra, cooperará en la prestación de otras garantías cuyo efecto se aproxime lo más posible a esta reserva de propiedad.
9. Responsabilidad por defectos, garantía
9.1. Los productos entregados por nosotros deben ser inspeccionados cuidadosamente por el comprador para detectar defectos y comprobar su calidad sin demora tras su llegada. Se considerarán aceptados si no recibimos una reclamación por escrito en un plazo de ocho días hábiles tras la recepción de los productos, o si el defecto no era reconocible tras una inspección cuidadosa sin demora, en un plazo de ocho días hábiles tras el descubrimiento del defecto. Las reclamaciones por defectos que no designen con precisión la entrega y los artículos en cuestión no tendrán efecto. En caso de reclamaciones injustificadas que posteriormente den lugar a exámenes exhaustivos, los gastos de las inspecciones podrán ser a cargo del comprador.
9.2. Los objetos defectuosos entregados deberán mantenerse a nuestra disposición para su inspección en el estado en que se encontraban en el momento en que se descubrió el defecto o devolverse a nosotros, según nuestro criterio. Los productos defectuosos serán reparados o sustituidos sin coste alguno, a nuestra discreción, dentro del plazo de garantía establecido por la ley. En su lugar, el precio de compra de los productos devueltos podrá ser reembolsado al comprador, a nuestra discreción. Si la reparación o la sustitución no fuera posible, el comprador tendrá derecho a rescindir el contrato o a exigir una reducción adecuada del precio de compra, a su discreción.
9.3. No se acepta ninguna responsabilidad por los productos si su defecto se debe a un desgaste prematuro como consecuencia del uso y desgaste natural, un tratamiento defectuoso o negligente, una carga excesiva o materiales de funcionamiento inadecuados.
9.4. No nos responsabilizamos del comportamiento del material durante el endurecimiento o el procesamiento de los productos que nos envíen para su acabado, reprocesamiento o conversión, incluidos los que proceden de nuestros talleres. Si el material se daña durante el procesamiento, se nos deberá abonar una parte adecuada de la remuneración acordada por el trabajo realizado.
9.5. Las reclamaciones de garantía contra nosotros corresponden exclusivamente al comprador directo y no pueden cederse.
10. Responsabilidad por productos defectuosos
10.1. En la defensa contra reclamaciones en materia de responsabilidad por productos defectuosos, el comprador nos prestará todo el apoyo que sea razonable.
10.2. El comprador deberá informarnos sin demora de cualquier caso de daño u otras no conformidades relacionadas con nuestros productos.
11. Limitación de responsabilidad
11.1. Solo se podrán reclamar daños y perjuicios contra nosotros en caso de dolo, negligencia grave o responsabilidad prescrita por la ley independientemente de la culpa. Estas restricciones no se aplican en caso de incumplimiento de obligaciones fundamentales en consonancia con la naturaleza del contrato, si la restricción de la responsabilidad pone en peligro la consecución del objeto del contrato o si la distribución del riesgo en el contrato se vería gravemente obstaculizada por la exención de responsabilidad en el incumplimiento de obligaciones accesorias. Tampoco se aplican si el comprador reclama daños y perjuicios por incumplimiento debido a la falta de una característica garantizada. En caso de muerte, lesiones físicas o daños a la salud, nuestra responsabilidad se rige por las disposiciones legales.
11.2. Estas limitaciones de responsabilidad también se aplican a la responsabilidad personal de nuestro personal, trabajadores, empleados, representantes y auxiliares ejecutivos.
12. Condiciones de compra contradictorias
Las condiciones de compra del comprador no son vinculantes para nosotros, independientemente de que coincidan con estas condiciones o las contradigan, incluso si el pedido se basa en dichas condiciones y no contradecimos expresamente su contenido.
13. Carácter vinculante del contrato
Los contratos entre nosotros y el comprador seguirán siendo vinculantes (incluso en la fecha de celebración del contrato o si alguna de sus disposiciones se vuelve inviable o inválida en una fecha posterior), siempre que ello no impida la viabilidad de las disposiciones o componentes restantes del contrato.
14. Restricciones a la exportación, tramitación aduanera
14.1. Si los productos entregados están sujetos a controles alemanes, europeos y/o estadounidenses, el comprador deberá cumplir con las normas de exportación pertinentes en caso de que los productos sean exportados.
14.2. Si las entregas se realizan sin pagar los derechos de aduana a petición del comprador, este será responsable ante nosotros de cualquier reclamación posterior por parte de la administración aduanera.
15. Lugar de cumplimiento y jurisdicción, legislación aplicable.
15.1. El lugar de cumplimiento es Hilden.
15.2. El único lugar de jurisdicción para los comerciantes en todas las disputas legales que surjan directa o indirectamente de la relación contractual es Hilden. Sin embargo, también tenemos derecho a perseguir al comprador en su lugar de jurisdicción general.
15.3. En la medida en que el comprador sea un comerciante la legislación alemana prevalecerá sobre las relaciones jurídicas entre nosotros y el comprador, incluido el Derecho Mercantil de las Naciones Unidas.